El pasado 22 de agosto se informaba que la Agencia Española de Protección de Datos (AEDP) había publicado una resolución que prohíbe temporalmente a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (MCP) recopilar información sobre el número de veces que un domicilio abre un contenedor con tarjeta.
El mismo expediente no sanciona económicamente a la MCP y tampoco cuestiona ni el tratamiento de datos personales en la gestión de residuos ni el sistema de recogida empleado por la Mancomunidad. Tras la citada resolución, salía al paso el presidente de la Mancomunidad, David Campión, declarando que “en cuanto rehagamos el aparato normativo volveremos a la situación de partida, y avanzaba que la AEDP ha tomado esta decisión porque los datos de apertura por domicilio que recaba la MCP no se utilizan para sancionar conductas inadecuadas y establecer tasas por generación de residuos. Tenemos que castigar a quien lo haga mal y premiar al que lo haga bien”.
En la sociedad actual, hay cada vez más voces que se plantean la pregunta: ¿Debe pagar más tasa de basura quién menos recicle? La Ley Foral de Residuos y su Fiscalidad, que fue aprobada el 7 de junio de 2018 de forma exitosa por el Parlamento de Navarra, contempla el llamado pago por generación que responde al principio `quien contamina, paga´, y que se ha demostrado que es un sistema eficiente para incentivar la prevención de residuos y conseguir niveles altos de recogida selectiva. La clave está en optimizar la recogida de la llamada fracción resto, es decir, lo que no se separa selectivamente. La citada ley, viene a decir en su “articulo 25. Recogida selectiva para su valorización” que, “entre los modelos de recogida que establezcan las entidades locales se deberá priorizar los modelos de recogida más eficientes, como el puerta a puerta o el uso de los contenedores cerrados o inteligentes que garanticen recogidas similares”.
Sin embargo, después de algo más de cinco años de la aprobación de la citada ley, aun no se ha puesto en marcha el pago por generación, cuando precisamente la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos le viene a decir a la MCP, que prohíbe temporalmente a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (MCP) recopilar información sobre el número de veces que un domicilio abre un contenedor con tarjeta, porque la Mancomunidad no ha dicho que este sistema tiene que permitir sancionar y establecer tasas por generación de residuos.
En bastantes ocasiones hemos solido oír que es cuestión de tiempo. Pero, ¿de cuánto? Hoy en día, nadie concebiría pagar el agua o la electricidad mediante tarifa plana -sería muy extraño que la factura del agua fuera la misma, tanto si gastásemos 100 litros como si gastásemos 1.000-; en cambio eso es lo que hacemos con los residuos. Individualizar el pago permitiría establecer incentivos a la recogida selectiva y a la prevención de residuos, es decir, a su no generación. Si no lo hacemos ya, es simplemente por la falta de un contador.
En diversos países europeos como Suiza, Alemania, Italia, Austria, Dinamarca y Holanda, se ha extendido el sistema de pago por generación, y nos encontramos con ciudades como Berlín, Milán, Bruselas, Múnich, Graz, Viena o Dublín, que funcionan así. Por tanto, el pago por generación no es una utopía, y se ha interiorizado este sistema de pagar `en función a lo que tiras´. Pero, por aquí, nada de nada.
Para establecer el pago por generación, entre otras cosas, es necesaria la identificación de los usuarios, y ello puede ayudar a conseguir un grado elevado de separación en origen y disminuir los niveles de generación de residuos. Un sistema de identificación de usuarios está basado en mecanismos mediante los cuales el usuario del servicio de recogida de basuras es identificado y su generación de residuos queda registrada. Este sistema puede ser aplicado fácilmente en contextos de baja densidad de población usando un sistema de recogida puerta a puerta, pero también se puede implementar en entornos urbanos de alta densidad donde se utilizan contenedores de uso colectivo.
De esta forma, si un ciudadano o una ciudadana está generando menos basura y fomentando la recogida selectiva para su posterior reciclaje, y se le puede bonificar o premiar con una reducción en la tasa de factura.
Vivimos en una sociedad en la que estamos rodeados de normas que tratan de ordenarla y prevenir conductas antisociales. Por alguna razón que se me escapa se ha decidido que en los residuos esto no funcione así, al menos por aquí, sino que, en vez de hacer ordenanzas, las instituciones competentes en la materia, hacen campañas. Bienvenidas las campañas, pero, ¿alguien se imagina que la DGT solo se basara en campañas y no existiera el código de circulación, el monitoreo y las multas?
A mí me parece que deberían existir algunas normas también en el ámbito de los residuos, en particular, la de entregar los residuos selectivamente. Y que ello debería quedar explícitamente recogido en las ordenanzas correspondientes. Está muy bien que se reconozca “el pago por generación”, pero es absolutamente necesario que se aplique. De esta forma, hacemos honor a ese principio aceptado a nivel comunitario, estatal y autonómico de que “quien contamina, paga”.
Pero, además, un informe de Comptos, publicado el 22 de septiembre de 2022, venía a decir que no se estaba cumpliendo tampoco la Ley foral de Residuos y su fiscalidad, en la implementación del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) que avala la citada ley y que corresponsabiliza al consumidor en la recuperación de botellas de plástico o latas, y por el que el consumidor paga un dinero por el envase que recupera con la devolución, y que en 2025 serán 19 los países de la Unión Europea que lo tendrán.
Julen Rekondo, experto en temas ambientales y Premio Nacional de Medio Ambiente