Las autoras en la presentación del libro
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«Montes de Cierzo y Argenzón. Estudio jurídico e histórico de un facero”. Así se titula el libro que presentaron el martes, día 5, en Cintruénigo sus autoras Mercedes Galán, Mª Teresa Hualde, Raquel Idoate y Marian Salvador ante más de un centenar de personas, algunas llegadas de las localidades vecinas que también formaron parte de la antigua comunidad facera de los Montes de Cierzo y Argenzón.
Organizado por la Comunidad de Regantes de Cintruénigo se presentó la publicación y sus conclusiones. Un estudio jurídico sobre la naturaleza y titularidad de los Montes de Cierzo, redactado a instancias de la propia Comunidad de regantes en 2017 y un posterior estudio, mucho más amplio y concluyente, encargado por el ayuntamiento cirbonero en 2021 a las mismas autoras, fueron los gérmenes del volumen que la editorial Aranzadi publicó en la pasada primavera.
En la sala, completamente llena, las autoras fueron desgranando el contenido del libro que, a nadie de los presentes se escapaba, resultaba de trascendental importancia para aclarar la problemática que, de un tiempo a esta parte, se mantiene entre los propietarios de tierras y el Gobierno de Navarra, en cuanto a la titularidad de las mismas.
A lo largo de hora y media, las autoras, fueron desgranando el marco y contenido del libro. Siempre desde el propio derecho histórico navarro que, resaltaron, no ha sido tenido en cuenta en otros informes que están siendo utilizados.
Primeramente, se explicó qué es una comunidad facera y que el Fuero Nuevo dice que “consiste en la concurrencia de varios titulares dominicales que constituyen una comunidad para un determinado aprovechamiento solidario”; siendo divisible, tal y como se hizo en 1901.
Sólo desde el derecho navarro, sostienen las autoras, se entiende la existencia de propiedades particulares dentro de los Montes de Cierzo y Argenzón. Así, destacaron que, ya antes de la compra y concordia de 1665, las leyes reconocían la posesión a quién plantase viña y durante tres años no tuviese oposición. De este modo, a la fecha de la compra al rey de los Montes Comunes (no comunales, por cuanto esa catalogación es reciente) ya existían propiedades.
La usucapión, o prescripción adquisitiva llamó la atención de los presentes, por cuanto se puso de manifiesto que, por si quedaba algún a duda, una vez derogada la capítula 12 de la concordia que prohibía las plantaciones (1867), la posesión continuada de las tierras devino en propiedad, tal y como amparaba el Fuero General y la Novísima Recopilación.
Del mismo modo, se presentaron toda una serie de hitos, leyes y sentencias que venían a incidir que la apariencia actual de la propiedad es fruto del derecho navarro. “no podemos compartir que las inscripciones registrales hayan sido fraudulentas, sino que se acomodan a lo acontecido desde la creación de los registros de la propiedad en el siglo XIX”. Las autoras manifestaron que tampoco puede mantenerse, como sorprendentemente se señala en algunos informes, que los propietarios “sean usurpadores de tierras comunales”. Al menos, desde 1867, roturadores y plantadores poseían las fincas y lo hacían a título de dueño; y esas propiedades han llegado hasta nuestros días. Y así lo han sancionado distintas sentencias.
En 1901 se extinguió la comunidad facera y se dividieron los Montes de Cierzo y Argenzón entre los siete pueblos. Esta división no tuvo más efecto que la ampliación de los respectivos términos municipales. De este modo, Cintruénigo pasó de tener 880 ha. a 3.540 ha. sin que para nada influyese la división en el mantenimiento de la titularidad de los terrenos, tal y como señaló la sentencia del Juzgado de Tudela de 1903 que vino a subrayar que “los vecinos habían adquirido en los Montes de Cierzo una verdadera propiedad (…) y que, siendo dueños de los terrenos, no podían ser despojados de sus respectivas propiedades”.
Las autoras quisieron dejar claro que la división no comportó idénticas actuaciones en los distintos ayuntamientos. “El presente estudio se refiere a Cintruénigo, que es lo que hemos investigado. No vale café para todos”.
Varias fueron las intervenciones del público al finalizar la presentación que vinieron a incidir en, que conocidas las conclusiones plasmadas en el libro, cuáles deberían ser los pasos a dar para que Gobierno de Navarra lo tenga en cuenta y se termine de una vez con el problema de “los comunales”; máxime ahora que, los distintos municipios, han de acometer concentraciones parcelarias ante la llegada del Canal de Navarra.