Enrique Villafranca Uriel, alcalde de Buñuel
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El alcalde de Buñuel, Enrique Villafranca, ha presentado un recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) contra el acuerdo aprobado por Cambiemos Buñuel, PSOE y el concejal no adscrito Juan Antonio Pérez Osta en el Pleno del pasado 7 de octubre de 2024, alegando que la decisión adoptada excede las competencias del Pleno municipal al regular aspectos que corresponden exclusivamente a la Alcaldía y a los presidentes de las comisiones.

El recurso impugna la moción aprobada, que pretende establecer la periodicidad de los plenos ordinarios (competencia del Pleno) y fija la hora de celebración de los plenos extraordinarios y de las comisiones informativas (competencia exclusiva del alcalde y de los presidentes de las comisiones) por las tardes. Según argumenta Villafranca, “el Pleno no tiene potestad para fijar el horario de las sesiones extraordinarias ni de las comisiones y, al haber votado en conjunto aspectos que sí le competen con otros que no, el acuerdo es ilegal”.

El artículo 80 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF) establece que la convocatoria y el horario de los plenos corresponden al alcalde, mientras que el artículo 134 del mismo reglamento señala que la fijación del día y la hora de las comisiones informativas es competencia del alcalde o del presidente de la comisión correspondiente. En este sentido, el recurso subraya que “el acuerdo invade competencias de Alcaldía, estableciendo disposiciones que no pueden ser reguladas por el Pleno municipal”.

Falta de justificación de la urgencia

Además de la invasión de competencias, el recurso impugna la aprobación de la moción por falta de justificación en su tramitación por urgencia. Según el documento, “no se explica la necesidad inmediata de modificar la periodicidad de los plenos ni de imponer un nuevo horario para las sesiones extraordinarias y comisiones”, lo que también vulnera la normativa vigente.

De hecho, el artículo 82.3 del Real Decreto 2568/1986 establece que solo se pueden incluir asuntos no previstos en el orden del día cuando exista “una razón de urgencia debidamente motivada”. Asimismo, el artículo 91.4 especifica que la urgencia debe ser “justificada por el proponente y sometida a votación del Pleno”, asegurando que los concejales puedan conocer con antelación los temas a tratar. Sin embargo, el recurso denuncia que “no consta ninguna motivación sobre la urgencia de la modificación del calendario de sesiones, lo que vicia el procedimiento seguido y genera inseguridad jurídica”.

Aumento del gasto municipal

Por último, el alcalde también ha señalado que la reorganización de las sesiones afecta a la operatividad del Ayuntamiento, especialmente en un contexto de escasez de personal, una situación que ha sido reconocida en acuerdos previos. En el recurso se destaca que “la diferencia entre hacer los plenos y comisiones por la mañana o por la tarde implica contar con el personal administrativo del Ayuntamiento o incurrir en sobrecostes por horas extraordinarias”.

Villafranca ha defendido que el Ayuntamiento de Buñuel “debe actuar con rigor en la gestión de los recursos públicos y, obviamente, dentro de la ley”.

“Después de que Juan Antonio Pérez decidiera abandonar el equipo de Gobierno, el PSOE y Cambiemos Buñuel están tratando de gobernar desde la oposición gracias a su voto, pero eso además de inmoral es ilegal”, ha afirmado.

También, ha subrayado que “los perjudicados por la estrategia de boicot permanente que practica la oposición son los vecinos de Buñuel que tienen que sufrir que medidas positivas en las que en el fondo estamos de acuerdo, como la modificación del PEAU, sean permanentemente torpedeadas sin razón alguna. Es lamentable que, en lugar de trabajar por nuestro pueblo, trabajen contra él solo por intentar fastidiar al alcalde”.